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TRENTON, Nueva Jersey, EU, 25 de junio de 2026.- El Congreso de los Diputados en España aprobó este jueves la penalización de las llamadas terapias de conversión destinadas a modificar la orientación sexual o identidad de género. Con 178 votos a favor, la Cámara baja avaló la modificación del Código Penal mediante la creación del artículo 173. bis, estableciendo penas de prisión de seis meses a dos años para quienes apliquen estas prácticas.
La medida contó con el respaldo mayoritario de los grupos parlamentarios, a excepción del Partido Popular, que optó por la abstención, y Vox, formación que votó en contra del dictamen final. Esta normativa busca erradicar actos descritos por organismos internacionales como tortura, incluyendo el castigo para quienes promuevan o faciliten estas pseudoterapias, incluso con el consentimiento de las víctimas o sus tutores.
Asimismo, el texto legal contempla la inhabilitación profesional y veta el trabajo con menores de edad, imponiendo agravantes adicionales en casos donde medie violencia, intimidación o engaño durante el proceso. Los jueces tendrán además la facultad de retirar la patria potestad o tutela hasta por cinco años si se comprueba la participación de ascendientes o encargados en la vulneración de los derechos de menores o personas con discapacidad.
La iniciativa responde a años de trabajo de asociaciones como No es terapia, entidad que denunció la insuficiencia de las sanciones administrativas vigentes desde 2023. Representantes de este colectivo celebraron la resolución judicial como un avance necesario para la protección de la integridad y dignidad del colectivo LGTB+.
Mientras los debates parlamentarios reflejaron posturas divididas sobre los límites del consentimiento, la entrada en vigor de esta reforma busca dotar al Estado de herramientas efectivas para perseguir una práctica que durante años operó bajo un vacío de persecución penal efectiva.




