Dictamina tribunal que Trump no puede revocar ciudadanía por nacimiento

TRENTON, Nueva Jersey, EU, 3 de octubre de 2025.- El gobierno del presidente Donald Trump no puede restringir el acceso a la ciudadanía estadounidense a menores nacidos en el país, cuyos padres no tienen residencia permanente ni estatus migratorio regular, así lo dictaminó este viernes un tribunal federal de apelaciones en Boston.
La Corte de Apelaciones del Primer Circuito se convirtió en la quinta instancia judicial en rechazar la orden presidencial que pretendía condicionar el reconocimiento automático de la ciudadanía.
"Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanos de los Estados Unidos y del estado en el que residen", dice parte del texto.
El panel de tres jueces ratificó las medidas cautelares que impiden la aplicación de dicha orden mientras se desarrollan los procesos legales en curso.
Según el fallo, los argumentos presentados por los demandantes tienen fundamentos sólidos, especialmente en relación con la protección que otorga la Enmienda 14 de la Constitución.
El tribunal señaló que modificar el principio de ciudadanía por nacimiento implicaría romper con una tradición jurídica profundamente arraigada.
En su escrito, los magistrados alertaron sobre los riesgos de alterar un derecho que ha sido históricamente reconocido sin depender del estatus migratorio de los progenitores.